Morosidad involuntaria La masacre
May 14

(fuente foto)

Recibo este correo que me parece interesante que comprobeis quienes estais realizando la declaración de renta. Si es verdad lo que dice me parece que habría que demandar al Estado por estafa, o al menos al Ministerio de Economía y Hacienda, porque aunque hacienda seamos todos no hay derecho a que paguen el pato los que tienen menos recursos para que les haga la declaración un experto en materia fiscal. Porque teóricamente el borrador que te mandan y el programa Padre están hechos con la intención de ayudar al contribuyente.

Si no es como se cuenta en el correo, también habría que hacer algo para no pagar tanto a Hacienda para lo poco que repercute en los contribuyentes.

Actualización 19 Mayo: Este comentario de JC confirma que realmente es cierto, así que a rellenar la casilla correspondiente:
# JC Dijo:
19-Mayo-2008 a las 13:05 editar

Comprobado! yo tenía cita el sábado y por supuesto que esa casilla no estaba rellenada. Se lo comenté a la señora que nos atendía y uola!! 450€ más que me devuelven, los míos y los de mi mujer.

“No es “coña”, lo acabo de probar con la mía y es absolutamente cierto…
Afecta solo a aquellos que adquirieron vivienda con anterioridad al 2006 y hayan pagado hipoteca en el 2007.

En la Nueva Declaración se ha introducido una nueva casilla: La 737 - Compensación por adquisición de vivienda.
Además de introducir los pagos realizados por hipoteca en el año 2007 (Capital + intereses)en las casillas 780-781, se deben introducir así mismo, en la casilla 737.
Si no lo haceís así, Hacienda devuelve “aprox” 250 € menos por persona. No obstante, el importe final depende de los factores económicos particulares de cada declarante, si se llega al tope de la deducción,etc.

Si hacéis la Declaración con el Programa Padre tened cuidado porque ¡NO avisa de esa compensación!.
Y para mas inri, si la rellenas con el certificado digital, a través de internet, el programa rellena únicamente las casillas 780-781 y no la 737.”

Escrito por Carlos \\ tags: , , , ,

38 Comentarios en “Declaración Renta 2007”

  1. Ojo con la declaración de la Renta | Zaragozame.com Dijo:

    [...] No lo he comprobado pero si lo que me “cuentan” es cierto este año hay que tener mucho cuidado al hacer la declaración de la renta, porque encima de lo que valen los pisos, lo que cuesta pagar las hipotecas, y lo cuesta arriba que está todo, puedes perder parte de lo que te devolvería hacienda por no rellenar una casillla de nada….  [...]

  2. sofi Dijo:

    Gracias por avisar, creo que es interesante que toda la gente lo sepa. Un saludo

  3. Diego de Rivas Dijo:

    Carlos, gracias por avisar. Se te echó de menos en el último bloggellón, querido amigo. Un abrazo,

  4. Economía - Atención a ciertas casillas “Modificadas” en el programa padre de la declaración de este año 2007 , segun publica “Alas de Plomo” | Zaragoceando.com Dijo:

    [...] Declaración Renta 2007 » Alas de Plomo [...]

  5. Lamia Dijo:

    A mi me han devuelto menos este año… Lo voy a revisar. Gracias, Carlos.

  6. JC Dijo:

    Comprobado! yo tenía cita el sábado y por supuesto que esa casilla no estaba rellenada. Se lo comenté a la señora que nos atendía y uola!! 450€ más que me devuelven, los míos y los de mi mujer.

  7. admin Dijo:

    JC ¡No sabes cómo me alegro de que sea verdad la advertencia que me hicieron!, así pues que disfrutes de los 450 € de “añadidura”. Aprovecho para poner tu comentario dentro del artículo y te ruego la máxima difusión del asunto…

  8. José Ramón Dijo:

    Me he metido en el programa padre y he dado a la ayuda en la casilla 737….

    COMPENSACIÓN FISCAL POR DEDUCCIÓN EN ADQUISICIÓN DE VIVIENDA HABITUAL ANTES DEL 20 DE ENERO DE 2006 (D.T. 1ª Ley 51/2007)
    Los contribuyentes que hubieran adquirido la propiedad de su vivienda habitual con anterioridad a 20 de enero de 2006 utilizando financiación ajena y puedan aplicar por ella en el año 2007 la deducción por inversión en vivienda habitual, tendrán derecho a una compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual en el supuesto de que la aplicación del régimen establecido en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, les resulte menos favorable que el establecido en la anterior normativa, como consecuencia de la supresión de los porcentajes de deducción incrementados por utilización de financiación ajena..

    Esta compensación no resulta aplicable a las inversiones en rehabilitación, construcción o ampliación de la vivienda habitual ni a las aportaciones a cuentas vivienda.

    La compensación consiste en una deducción cuya cuantía será la diferencia positiva entre el importe del incentivo teórico que hubiera correspondido de mantenerse la normativa vigente a 31 de diciembre de 2006, y la deducción por inversión en la adquisición de vivienda que proceda para el año 2007.

    · El importe del INCENTIVO TEÓRICO será el resultado de aplicar a las cantidades invertidas en 2007 los porcentajes de deducción previstos en la anterior normativa.

    Y los porcentajes de deducción que se utilizaban hasta hace poco eran:

    Plazo de aplicación Cuantía sobre
    la que seaplica % estatal %autonómico
    =====================================================
    Durante los dos años Sobre losprimeros 16,75 8,25
    siguientesa adquisición 4.507,59 €

    Sobre elexceso,
    hasta 9.015,18 € 10,05 4,95

    Con posterioridad Sobre losprimeros
    4.507,59 € 13,40 6,60

    Sobre elexceso,
    hasta 9.015,18 € 10,05 4,95

    Como veís, sumando la parte estatal y la autonómica, los dos primeros años te devuelven el 25%+15% y el tercer año y siguientes te devuelven el 20%+15%

    Yo pensaba que antes, el primer año de devolvían 25%+15%, el segundo 20%+15% y el tercer año y siguientes el 15% de 9015 euros !!!!

    Ahora no sé cuáles serán los nuevos porcentajes que se aplican para los que hayan comprado la vivienda despues de 2006…. pero me da a mi que el tercer año y siguientes dan sólo el 15%.
    De ahí el reajuste…. así que me toca rectificar mi declaración….

  9. sabino Dijo:

    efectivamente, comprobar este tema, a mi tambien me ha supuesto mas dinero

  10. Cuidado con la casilla 737 de la declaración de la renta « Camyna.com Dijo:

    [...] Alas de plomo [...]

  11. cristina Dijo:

    que tengo que hacer para que me devuelvan los 400 euros esos que dicen que dan?que tenho que poner en la declaracion?muchas gracias.

  12. admin Dijo:

    Cristina espero que esta explicación que me ha mandado Juan por correo te sea de utilidad y responda tus dudas.
    …En cuanto a la Declaracion de la Renta, para la deducción por inversión en la vivienda habitual , hay que ir al anexo A del programa Padre y abrir el desplegable que hay en Adquisición de vivienda habitual(A) el cual tiene dos pestañas : la primera “inversión en vivienda habitual” y la segunda “compensación por adquisición de vivienda habitual” .Al introducir,en ambas, la cantidad total que se pagado ,capital amortizado más los intereses, el programa te calcula las cantidades que aparecen en las casillas 700/701 y en la 737.

  13. arte Dijo:

    y si te has construido una casa antes de 2006, y tienes una hipoteca, tambien te deducen con la casilla 737, espero que me contesten ya que tengo que hace rhoy la declaración y me acabo de enterar. gracias.

  14. arte Dijo:

    por favor, necesito que me deis una contestacion

  15. Alicia Dijo:

    Hola a todos,

    Si he aceptado el borrador y no he tenido en cuenta la casilla 737 teniendo un prestamo hipotecario anterior al año 2006. Se puede hacer algo????
    Grácias

  16. Carlos Dijo:

    Alicia, claro que se puede, debes solicitar una revisión de la misma y tal vez te pidan hacer una complementaria. Te ruego te pongas en contacto con tu Delegación correspondiente y que no des un euro por perdido.

  17. Alicia Dijo:

    Muchas Gràcias Carlos

  18. jose Dijo:

    Alicia. Debes tú hacer una declaración complementaria sustitutiva y presentarla en la Agencia complementaria junto con una carta indicando las variaciones con respecto a la declaración original.

    Un saludo.

  19. Carlos Dijo:

    De nada Alicia, ya ves que José te hace una precisión todavía más concreta. Gracias por vuestros comentarios a todos.

  20. Alicia Dijo:

    Muchas gracias a todos

  21. Sarah Dijo:

    Según el borrador nos correspondían -0,1 y +175. Al hacerla conjunta no encontrábamos la dichosa casilla por ningún lado. ¡Bendito Google!
    Gracias a vuestra información el resultado final ha sido de -1024 euros. ¡¡¡Qué felicidad!!!

  22. Carlos Dijo:

    ¡Enhorabuena!, Sarah, se aceptan donativos a cuenta…¡Es broma! pero creo que el citado artículo que puse se ha hecho, por sí mismo, un bien de interés público.

  23. Complejo de culpabilidad… » Alas de Plomo Dijo:

    [...] lo que me entra al leer la noticia que da 20 minutos. Pero de buena culpabilidad, si gracias a mis artículos, de los que con bastante posterioridad se hicieron eco los medios de comunicación nacionales, he [...]

  24. jj Dijo:

    OS EXPLICO EL PP REFORMO LA LEY PARA QUE LOS 2 PRIMEROS AÑOS DEVOLVIERAN UN 25% LUEGO UN 20% Y RESTO DE AÑOS UN 15%.

    LLEGA EL PSOE Y DESDE EL PRIMER AÑO DEVUELVEN EL 15%. Y SON LOS SOLIDARIOS, LOS QUE ESTAN CON EL TRABAJDOR. POR CIERTO QUE SIGNIFICA ESO DE TRABAJADOR????

    UN ABOGADO LO ES, UN EMPRESARIO LO ES, UN POLICA NACIONAL LO ES, UN DIRECTOR DE OFINA BANCARIA LO ES????

    QUIEN DA LOS “CARNETS” DE TRABADOR O NO???? LA UGT????

  25. Lob Dijo:

    1º- Hola, hice la declaración hace un mes aprox. y aún no me han devuelto. Alguien sabe q tiempo tardan en devolver?.
    2º- La casilla 737 es solamente para aquellos que compraron la vivienda antes del año 2006?… yo firmé las escrituras en marzo de 2006, pero el contrato de compra fue en el año 2003. Me correspondería aunque no haya sido considerada vivienda habitual hasta el año 2007?. Espero entiendas mi pregunta. Saludos y gracias.

  26. Carlos Dijo:

    Lob el plazo de devolución varía y el único compromiso que tienen es devolverlo antes de finalizar el año, aunque durante los últimos años se ha agilizado mucho y no suelen tardar más de dos o tres meses. De cualquier modo si finaliza el año sin haber cobrado la devolución tienes que acudir a la Delegación correspondiente y reclamarlo por escrito y pedir intereses de demora. Aunque en su día me tocó hacerlo y cobré dichos intereses que eran una ridiculez puesto que se aplican desde primero del nuevo año y cuando lo requieres por urgencia suelen demorarse menos. Mientras tanto sólo te resta esperar…
    En cuanto a la pregunta sobre si te corresponde o no aplicarte la desgravación, creo que sí siempre y cuando tuvieses constituida una hipoteca (es decir estuvieses pagando intereses para compra de vivienda habitual). De todos modos te recomiendo lo mismo que a todo el mundo, ve a tu delegación de Hacienda, ahora que ya no están “saturados” con la campaña de renta, y te atenderán muy amablemente y tendrán en consideración todos los aspectos fiscales que te afecten. Verás cómo son de amables los funcionarios, en serio, y te lo explican detalladísimamente. Ellos también son contribuyentes y suelen estar del lado del declarante.

  27. Lob Dijo:

    Bien Carlos, seguiré tus consejos. Gracias por tu amabilidad.

  28. Carlos Dijo:

    Lob es un placer tener lectores como tú. Sois los que haceis viable este humilde espacio de libertad de expresión. Yo he tenido que estar muchos años con la boca cerrada para que no entraran moscas, Y ahora disfruto e intento que además sea de utilidad para los demás. Abrazos alados.

  29. Domingo Dijo:

    Buenas Tardes:
    He tenido un requerimiento de HACIENDA y además he cometido un error en la declaración de la renta del 2007, me piden que realice bien la declaración correspondiente y resulta que el importe a ingresar es menor al presentado anteriormente, pero en no consigo imprimir la declaración pues en el apartado de DECLARACIÓN COMPLEMENTARIA no se donde encasillarlo. Necesito ayuda. Gracias

  30. Lob Dijo:

    Hola, en el mes de julio me dirigí a este foro para comunicar que aún Hacienda
    no me había devuelto. Por entonces había pasado un mes, ahora han pasado
    cinco y aún sigo esperando. El caso es que he llamado y me dicen que está
    todo correcto… es normal esto?. Hay algún caso similar?. Yo no conozco de
    nadie que esté es mi situación. Si alguien pudiera comentarme algo, lo agradecería. saludos.

  31. Carlos Dijo:

    Lob,creo ecordar haber comentado ya que Hacienda tiene un plazo máximo para hacer la devolución que (si no me equivoco) es hasta final de año. No obstante tienes que personarte en la oficina correspondiente a tu zona y hacer la consulta, pudiendo reclamar los intereses de demora una vez pasado el plazo legal. La web de la Agencia tributaria te da alguna información http://www.aeat.es, pero es mejor que vayas personalmente. Y de paso te indicarán cómo y cuando debes hacer la reclamación de intereses si no recibes tu devolución en los plazos legales previstos.

  32. Lob Dijo:

    Bien Carlos, te entendí cuando m lo comentaste, pero es tan raro q Hacienda tarde tanto…han pasado cinco meses y stá uno mosca. Por ello preguntaba, si tan normal era que tardara tanto. Es la primera vez que hago la declaración a través de la administración central, anteriormente la he hecho a través de la administración autónoma. No obstante muchas gracias y saludos. Esperaremos a saber q pasa.

  33. Carlos Dijo:

    Lob, por si te sirve de ayuda te mando la Ley completa. Siento no tener demasiado tiempo para buscar el correspondiente artículo, pero espero te sea de ayuda con un poquito de lectura detenida. Ahí estará perfectamente especificado el plazo…Imagino
    http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l58-2003.html

  34. Lob Dijo:

    Carlos, agradezco tu interés…aquí he resuelto todas mis dudas. Gracias y un
    saludo.

  35. Lob Dijo:

    Hola, se me plantea una duda, espero q alguien de vosotros me la resuelva.
    - Puedo tener mi domicilio fiscal en una ciudad distinta de la que trabajo?. Por mis circunstancias laborales dispongo de más de 183 días al año libre para poder marcharme a esa ciudad distinta a la q trabajo. Pero aunque disponga de esos días, no siempre me marcho y voy ocasionalmente. Es legal poder realizar ese cambio de domicilio.?. O la ley dice que obligatoriamente tenga q residir más de 183 días al año. Estoy un poco confuso. Y lógicamente me interesa para desgravar y tengo la duda de qu si tendría que justificar esos 183 días en el nuevo domicilio fiscal.

  36. sergio Dijo:

    hola mi pregunta es cuanto pueden tardar en revisarme la declaracion porque aun no me han devuelto gracias

  37. Lob Dijo:

    Sergio, tranquilo q a mi tampoco me han devuelto. La realicé en el mes de mayo y mira en q fecha estamos. Tuve un requerimiento a finales de octubre, le entregué el documento solicitado y aún estoy a la espera. No obstante respecto al tiempo, tienen hasta finales de año, a partir de eser instante tendrías que reclamar los intereses. Saludos.

  38. dinoide Dijo:

    hola, sabe alguien adonde se puede reclamar si Ascienda aun no me ha devuelto MI DINERO a estas alturas… ya veo que llegará el 2008 y no habre cobrado…
    hay alguein mas que le pase lo mismo? que se puede hacer? no se han comunicado conmigo ni na’ de na’… por internet el estado me dice que estan revisando… y su puta madre… llevan meses asi…

Deja Tu Comentario