Asbestosis

Hay noticias que se pierden y se diluyen antes casi de haberse producido, salvo para los implicados directamente en ellas. (Actualización a 16 de Julio: En Aragón se hace un seguimiento de personas que manipularon amianto, según publica el Periódico de Aragón.
Actualización a 27 de Julio, otra sentencia favorable).

Hoy aparece la noticia de que una empresa tendrá que pagar una indemnización millonaria a una serie de personas que se han visto afectadas por las secuelas que produce la inhalación de asbesto (asbestosis). Lo importante de la noticia es sin duda el reconocimiento por parte de un juzgado de Lo Civil, de que la causa de esta enfermedad fué la manipulación del amianto para la elaboración de los famosos tejados ondulados de URALITA.

A principios del siglo XX se popularizó la utilización de este tipo de cubiertas y materiales de conducción  en bajantes y tuberías  en los que la facilidad de instalación y la economía del material sirvieron para que el fibrocemento fuera parte visible en muchas de las antiguas naves industriales.

Conforme se fué determinando el riesgo que conllevaba la manipulación del amianto para los empleados de las fábricas e instaladores, se fueron incrementando las normas de seguridad hasta llegar a prohibirse completamente su uso en España el año 2002. Pero ya era demasiado tarde para los que habían permanecido expuestos a sus riesgos durante toda su vida.

Desde el día que se dictó la sentencia favorable a estos demandantes el pasado 5 de Julio, hasta que definitivamente puedan percibir sus indemnizaciones imagino que pasará un tiempo, ya que la empresa lógicamente asegura que la recurrirá.

Desgraciadamente los que han fallecido por causa de esta enfermedad, o sus herederos legales, no tendrán mucho consuelo con unos cuantos euros por tanto sufrimiento vivido. Sin embargo noticias como estas, demuestran que la justicia sigue de manera inexorable a quienes son responsables, tal como reza la propia sentencia:

«Uralita incurrió en un «punto de imprudencia» que «no puede eximirla» aunque «se hubiese ajustado a la normativa vigente y a pesar de las medidas de prevención e inversiones».

Y si lo dice un juez habrá que reflexionar en que la imprudencia puede tener también un punto de culpa, que al final pasa factura…

Acerca de Carlos

Expiloto de líneas Aéreas, aficionado a las artes: Pintura, Literatura, Música, Fotografía, con ganas de divulgar aquello que he vivido a lo largo de mi experiencia profesional y humana..

6 respuestas a “Asbestosis”

  1. Alex, la respuesta a eso ya la tienes en las demandas que se han ganado contra las compañías de tabaco… Da un poco de tiempo y pagarán daños morales a los que acaban sometidos al alcohol.

  2. Estoy de acuerdo con Willaert, si como coordinador de seguridad en una obra permito que un operario trabaje con un material hoy calificado como inocuo, podrían condenarme si posteriormente lo prohíben por tóxico, lo mismo que al contratista que lo empleó, al promotor y al recurso preventivo.

    ¿qué pasaría si mañana prohibieran el alcohol y el tabaco? y esos ya se sabe hoy que son malos 😉

  3. Willaert, también tu opinión y tu análisis son muy acertados. Pero nos estamos globalizando en todos los aspectos, y uno de ellos es el concepto sajón de aplicación de la justicia y las leyes. Al final todo es cuestión de dinero.
    Un pero… independientemente del tiempo que ha pasado, de que quienes tienen ahora la mayoría de acciones de la compañía, nada tuvieron que ver en los hechos, ni que el estudio de este tipo de enfermedades tardara tanto tiempo en prohibir la fabricación y uso de este material, el hecho es que ha muerto mucha gente por este motivo, por haber vivido cerca de una fábrica.
    La normativa siempre va detrás de la realidad social, y a veces llega tarde.
    Tampoco hay que olvidarse de casos como la Talidomida, el aceite de colza o los vertidos tóxicos, los derrames de petróleo, etc.
    Al final se busca quién tiene que abonar un pequeño resarcimiento económico. Y ahí sí que sería categórico, lo que pagan es mucho menos de lo que han ganado «arriesgando» y valorando el coste que supone este tipo de sentencias.

  4. En mi opinión no es una sentencia justa. En 1907 la empresa trabajaba con materiales que se consideraban inocuos, ¿así que qué culpa tiene ésta de que se tardara más de 50 años en descubrir dichos efectos? Además, por ley estaban ejerciendo correctamente, y me parece que las leyes no son retroactivas, así que no me explico la sentencia. Pero es solo mi opinión, claro!

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