¡Han saltado las alarmas!, han vulnerado de una manera «maliciosa» el derecho al honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen de dos pilotos que fueron, a su vez, víctimas del accidente sufrido por el vuelo JK 5022, de tal manera que atentan contra la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de Mayo, la cual desarrolla y regula el artículo 20.4 de nuestra Constitución, en relación a esos derechos que son considerados como FUNDAMENTALES.
Cuando ocurre un accidente, y siempre con el UNICO y EXCLUSIVO propósito de establecer las causas inmediatas y/o mediatas del mismo, se analiza con el mayor rigor posible todo cuanto haya podido influir en el desenlace último de la tragedia. Por ello es importante que quede registro sonoro de lo que se habla en cabina, cómo han sido las comunicaciones dentro y hacia afuera, si hay un ruido que puede ser finalmente un indicio causal, y tratar por todos los medios técnicos posibles de averiguar el factor desencadenante del accidente, para mejorar siempre en la prevención, modificar conductas o procedimientos inadecuados o insuficientes, y discriminar si hubo o puede haber en lo sucesivo una posibilidad de mejora en la SEGURIDAD.
En una cabina de vuelo, en la que pasamos la mayor parte de nuestra vida, se comparten muchas más cosas que el trabajo exclusivamente. Hay tiempo para abrirse al compañero, al amigo, y descubrir tu humanidad de manera total y sin tapujos. A quienes han vivido una experiencia límite, una emergencia donde el riesgo ha sido muy elevado, se les queda grabada en la mente un sentimiento peremne de confianza mutua, de haber sobrepasado un punto en el que las reservas no tienen ningún sentido, y por ello de una intensidad difícilmente comprensible para cualquier otro.
Si el roce hace el cariño, a veces también provoca el efecto contrario, generando una cabina en la que lo personal queda totalmente apartado, y la conversación no pasa de los Standard call outs (tren,flaps, set, checked…) como mucho.
No hace falta echarle demasiada imaginación para saber de lo que se puede hablar entre dos personas durante horas y horas de convivencia en pareja, tan solo interrumpida por las comunicaciones radio, y por las tareas normales que se pueden realizar de manera compatible con la charla.
El CVR actúa de notario de lo que ahí se comparte, y deja constancia de todo cuanto has dicho o hasta de un silencio cuando era necesario haber hablado. Nada queda ajeno al «oído» perpetuo del grabador.
Todos hemos cedido ese derecho a la intimidad en bien de la aviación, en la mejora de la Seguridad, en facilitar la labor de nuestros jueces en el caso de que nos toque en suerte esa fatalidad, pero lo hacíamos en el convencimiento de que nada de ello iba a trascender más allá de un pequeño grupo de expertos, que omitirían las frases privadas en el informe y todo aquello que no tuviera una relación (ni remota) con el desarrollo de los hechos.
Así fué hasta hace nada, yo diría que hasta el accidente del Spanair en Barajas. Alguien o «alguienes» (sic) se encargaron de filtrar ya un informe previo con unas conclusiones todavía provisionales. Ahora han sacado a la luz la conversación en los instantes previos al vuelo, y justo en el momento preciso donde murieron tantas personas. ¡Dios mío qué disparate!. Por no decir ¡QUE CRUELDAD!.
¿Quién está detrás de ello y con qué ocultos motivos para cometer este atentado contra el honor y la intimidad de esas dos personas?. ¿Por qué los medios de comunicación aprovechan para difundir este oprobioso audio?. ¿Quién se beneficia finalmente de este ataque que perjudica a las víctimas, a sus familias y a cualquiera que se sienta parte de la aviación?. Tengo mis respuestas, pero no quiero pensarlas en alto, porque no me gustaría caer en el error de hacer un juicio de valor sin aportar pruebas, y hacer lo mismo que aborrezco de ellos…
Ahora me limito a «sugerir» a las familias de los pilotos que emprendan acciones legales contra quienes han VIOLADO la ley que citaba antes. A partir del artículo cuarto de la misma, a los herederos legítimos se les reconoce el derecho a la defensa de ese honor, ahora puesto en entredicho, máxime cuando la utilización de esos medios técnicos ha invadido la intimidad de esas personas, que no olvidemos también murieron, y además establece el uso indebido de los mismos para generar dicho menoscabo en ese Derecho Fundamental que les han hurtado.
Espero que esas familias, que todas las víctimas, se personen en la acusación y la reclamación de los daños causados por un acto ilegítimo, inconstitucional y que con la Ley de su parte sean restituidos a los difuntos tanto el honor como su imagen, ahora pisoteados por quienes han sido los promotores del escarnio y todos aquellos que le han dado voz a una conversación privada, y por lo tanto, SECRETA.
Si a una petarda que se pone a tomar el sol con las tetas al aire en un espacio público, como una playa, se le admite una querella por publicar una foto no autorizada, ¿qué menos podemos exigir cuando se trata de algo como la muerte de 154 personas?.
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