(autor click s)
Y lo digo totalmente convencido (lástima que la ironía o el cinismo sólo sepa practicarlos en el «cara a cara»).
Pero bueno, digo que va bien porque la cámara del Congreso, practicamente en la primera sesión después de fin de año ha aprobado, casi por unanimidad, una nueva ley tramitada con carácter de urgencia. Así el Real Decreto-Ley 1/2010, tan urgente y tan necesario para garantizar la regulación del control aéreo, se ha hecho Ley y habrá que CUMPLIRLA ¡¡¡ESCRUPULOSISIMAMENTE!!!.
Así que deseo fervientemente que sea para bien de todos. Si nuestros diputados, con la excepción de Llamazares, lo consideraban así de indiscutible será que yo estaba completamente equivocado en mis apreciaciones, y me estaba oponiendo a toda la sociedad española. Yo lo interpreto así, y pido perdón por haberos llevado a un terreno cuyos argumentos han quedado demostrados como absurdos.
Estoy muy contento de la rapidez y la eficacia del Ejecutivo, tramitando en cuestión de horas una ley que todo el pueblo español demandaba, y de lo cual yo no había querido enterarme.
Así pues visto que el Poder Legislativo español funciona a pleno rendimiento, me atrevo a plantearles algunos nuevos Decretos-Ley que sean ratificados con la misma celeridad, para beneficio de todos. Han demostrado que saben hacerlo y que están dispuestos a trabajar horas extras con tal de servir al pueblo que los ha elegido…
– R.D.L. XX/2010, por el que se regula las condiciones de acceso a cargo público, por orden de méritos, y formación técnica apropiadas a la materia que vayan a desempeñar.
– R.D.L. YY/2010, por el que se deroga el título de «aforado» a cualquier cargo público sobre el que recayera la más mínima sospecha de actuación irregular, aún sin haber sido demostrada «de facto». Bastará con unas declaraciones sibilinas ante cualquier medio de comunicación para que sea inmediatamente relevado de su puesto.
–R.D.L. ZZ/2010, por el que se actualizan las retribuciones de los miembros de la Administración General del Estado y de las Comunidades Autónomas, de acuerdo al mercado laboral de la sociedad civil, estableciéndose el número de parados máximo que les hará perder el derecho a cobrar los «estipendios» a sus señorías. Se establece a su vez el porcentaje de paro con las correspondientes deducciones proporcionales en su nómina ( entre 1% y 2% de paro se les corregirá en un descuento del máximo del intervalo, siendo pues la reducción de un 2%, y así sucesivamente entre el 3 y 4% deducir un 4%…).
–R.D.L. WW/2010 por el que se regula el número mínimo de años trabajados para acceder a las prestaciones de jubilación por desempeño de cargo público, estableciéndose este período en el mismo número de años cotizados que el resto de trabajadores del Estado, tanto en la función pública como en cualquier modalidad de contrato laboral existente y reconocido en el Estatuto de los Trabajadores.
– R.D.L. BB/2010 por el que se modifican las condiciones y garantías bancarias para su intervención por parte del Estado. Cualquier entidad bancaria o crediticia que siminuya su solvencia en más de un UNO por ciento de sus recursos propios, será sometida a una fiscalizaciópn exhaustiva por parte de los Organismos estatales oportunos que recoge la Organización General del Estado. Siendo competentes en estas materias tanto el Banco de España como la Agencia Tributaria y el Tribunal de cuentas, sin perjuicio de otras instituciones delegadas por el Gobierno para «esclarecer» las causas de una mala gestión.
–R.D.L. CC/2010, para reducción del personal de Altos Cargos en la Administración, tanto General del Estado como de CC.AA. Integración de funciones y asimilación de negociados de aquellos cuya productividad se haya visto afectada por un exceso de responsables encargados de materias similares y perfectamente asimilables. Ello no irá en perjuicio de los funcionarios públicos, que dependerán orgánicamente de un mismo jefe, el cual será único responsable de las actos administrativos que dependan de sus departamentos.
–R.D.L. DD/2010, en el que desaparecen los gastos de representación y protocolo de todos los políticos con rango inferior a Ministro. Los Directores Generales, Secretarios de Estado,etc. , a los que se les aplicará el R.D.L. XX/2010, serán considerados desde la entrada en vigor de éste,como unos funcionarios más del máximo nivel retributivo, por lo que su representación queda supeditada al Ministro que los haya nombrado.
– R.D.L. EE/2010, por el que se recuperan todas las transferencias competencia de las CC.AA. que hayan demostrado su incompetencia en la gestión de las mismas, basándose en el Principio de Igualdad de todos los españoles. Se podrá asimismo delegar dichas competencias a aquellas comunidades que hayan demostrado ser más eficientes en la aplicación de sus responsabilidades, pudiendo descentralizar la gestión sin menoscabo de los intereses particulares de cualquier Comunidad. Para el ejercicio de esta postestad el Gobierno creará una Comisión de Estudio en la que con los datos fehacientes del I.N.E. aplicará la cesión de dichas competencias a la Comunidad que haya demostrado ser la más apta para implantar un adecuado sistema de gestión del gasto Público en ellas.
Como veis estoy francamente esperanzado en el desarrollo de nuevos Reales Decretos-Leyes, porque me han demostrado que son capaces de hacer esto y mucho más, y lo que es mejor, en casi nada de tiempo. Ahora sí que podemos decir definitivamente que ¡España va Bien!. Pero ¿hacia dónde?.
Pero no me negarás que están más elegantes en cuanto llegan al poder. Les depilan las cejas, les cambian de lado el tupé, les enseñan economía en un ratillo… y hale, a arreglar el mundo. Claro que el hábito no hace al monje, y menos un traje de «marca» oculta la cara de buitres carroñeros de algunos.
Da asco la clase política que tenemos. Chupópteros de tercera sin estudios ni formación. Vestidos con trajes a medida y con zapatos no menos buenos.
Gentuza!