Artículo extraído de quintopoder.es
Ya vamos viendo el percal sindical. Y a pesar de tener motivos más que sobrados para echarse al monte, aquí nadie mueve pieza. Claro que no os digo nada nuevo sobre mi opinión al respecto. Pero como cualquier opinión es opinable… allá cada uno con sus siglas.
No es que no hagan nada, que no lo hacen porque ¡hasta ahí podíamos llegar!. ¿Cómo van a revolverle el patio a sus auténticos líderes sindicales, o sea sus menistros y menistras?. Los de la CEOE ya tienen un gran líder que representa el interés mayoritario de los empresarios. Y los sindicatos profesionales, pues eso, que son profesionales de lo suyo y no pueden perder el tiempo en conflictos de intereses entre sus representados y sus propios jefes.
Os dije en el artículo previo que os hablaría de cómo hay que defender los derechos laborales de una manera más eficaz que a través de un sindicato. Hay que hacerlo apoyado por profesionales del derecho, que sepan del funcionamiento de los tribunales, conocedores del derecho civil, administrativo, fiscal, laboral… vamos que cuantos más apartados del Derecho conozcan y dominen, mejor que mejor.
Y sobre todo que su implicación hacia el cliente sea una cuestión de orgullo profesional y de humanidad. Todo esto es lo que sugiere el Bufete de Don Armando Rozados para prevenir a los controladores de la repercusión de un posible recurso ante el Tribunal Supremo…
El que una sentencia haya sido desfavorable para un colectivo no impide que miles de demandas puedan tener una salida mejor, una a una que de manera conjunta. Hay que abrir las puertas a la imaginación y al conocimiento y esto es lo que cualquier representación de trabajadores debe valorar a la hora de defender sus intereses. Y es válido para cualquier trabajo.
“ COMENtARIOS DE ARMANDO ROZADOS A LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL Y ESTRATEGIAS.
Tras varias lecturas a la sentencia de la AN (Audiencia Nacional) y a la estrategia que mantenéis, voy a darte mi opinión, aún a sabiendas que las habrá mejores, distintas e incluso coincidentes, desde la perspectiva que tengo de vuestro problema, después de más de tres meses estudiando y analizando el asunto.
1.- En primer lugar, la sentencia de la AN es mala. Mala para vosotros, pero a su vez mala jurídicamente hablando. Tiene importantes lagunas y zonas oscuras, dejando recovecos para que pueda ser combatida. De las formas y de cómo os trata mejor no hablar, pues se escapa del ámbito jurídico. También incurre en contradicciones y, sobre todo, construye un argumentario muy difícil de sostener jurídicamente, máxime cuando algunas de sus afirmaciones serían imposibles de extrapolar a otros ámbitos o situaciones del derecho laboral. Pero está ahí, y eso es una realidad.
2.- Hubiera sido deseable que esta sentencia no se hubiera producido tan pronto, con el RDL y la Ley todavia “calentitas”. Era un riesgo que asumíais, y ya no cabe dar marcha atrás.
3. -La cosa juzgada tiene lugar con esta sentencia, pues vincula a otros tribunales en procesos posteriores de los que esta sentencia sea su antecedente lógico. Y también tendría dicho efecto la sentencia que pudiera dictar el Tribunal Supremo, si se recurre ésta, con el agravante de que dicha cosa juzgada sería más cualificada aún, con más peso, y mucho más vinculante. Y no esperéis que el Tribunal Supremo pueda darle la vuelta a la tortilla, ni mucho menos.
4.- Sin embargo, el efecto de cosa juzgada de esta sentencia NO ES PLENO, NI INTEGRAL, pues incidirá en algunos aspectos, que por este orden son: 1) El Fallo; y 2) Los fundamentos de derecho, pero no incidirá en los Hechos Probados (nunca constituyen cosa juzgada de cara a procesos posteriores), ni tampoco en aquellas materias que no hayan sido analizadas por esta sentencia (por ejemplo, las vulneraciones del artículo 41 ET -estatuto de los Trabajadores- elemento de importancia pues se trata del tratamiento de las modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo), o en aquellas respecto de las cuales no haya coincidencia con lo que sea objeto de debate en otros pleitos.
5.- Pero todo lo anterior, en cuanto a lo que supone de negativo, no impide que podáis cambiar la estrategia. Estais a tiempo. Pero ello implica TOMAR DECISIONES y BUSCAR SOLUCIONES, porque el que no aporta soluciones es parte del problema. Desde mi punto de vista, y respetando cualquier otro, hay varias decisiones inmediatas que debeis valorar y adoptar, y voy a mojarme:
1ª.- No recurrir: Dejar firme esta sentencia no significa que esteis conformes con la misma. Sencillamente se trata de evitar una sentencia del Tribunal Supremo, cuyo efecto de cosa juzgada sería más cualificado, y que seguramente va a ser negativa para vuestros intereses. Al dejarla firme, evitáis que puedan suspenderse los juicios individuales, como ya está ocurriendo. Si la recurris, mientras que dure el recurso (echarle un año mínimo), seguirán suspendidos los pleitos individuales, y le volveréis a hacer el juego a AENA. En este escenario, AENA podrá hacer y deshacer a su antojo y vuestras reclamaciones individuales estarán desactivadas. Nos está costando la vida convencer jurídicamente a los jueces de Sevilla para que no suspendan los juicios, y a veces ellos mismos, con toda la razón, nos dicen que quienes habeis promovido el conflicto colectivo que suspende los pleitos individuales sois vosotros mismos (USCA es quien ha interpuesto el conflicto), que os aclaréis.
2ª.- Desistiros del segundo conflicto: No le deis la oportunidad a la AN y a AENA (las siglas se parecen, ¿verdad?) de que se dicte una segunda sentencia, que pronostico va a ser igual de negativa para vosotros que la anterior, y además más concreta (sobre las modificaciones y sobre los turnos, imaginarias y servicios express). Con ello desactivais que os den un segundo palo, sin que ello signifique que renunciais en un futuro a promover demandas sobre esta cuestión (el desistimiento seguro que no genera cosa juzgada)
3º.- No promover más conflictos colectivos.- Ni se os ocurra llevar el tema del salario y los recortes a la AN. Y desisitiros tambien de las demandas que habeis puesto por dependencias, a nivel colectivo, y que por cierto nadie conoce. Les dareis a los jueces la oportunidad de copiar la de la AN, y al mismo tiempo no os permitirán promover demandas individuales.
3º.- Promover demandas individuales: Sigo considerando que es la via. Hoy he visto la del TSJ Madrid que, en un despido, condena a AENA a pagar 2,3 MM €. En este escenario individual AENA se tiene que multiplicar por 2.000, y en este escenario ya no vale ir con recortes de prensa,sino que en cada juicio el abogado del estado debe de ir con el caso concreto, esto es, con vuestras penas personales, con el dia a dia, con vuestras vidas y con detalles tan concretos que vosotros conoceis mucho mejor que ellos, y donde los argumentarios o las lineas maestras que ha diseñado la abogacía general del estado ya no valen, pues hay que ver cada problema concreto. Vosotros sois 2.000 preparando cada uno su pleito, documentándolo, llevando testigos, generando un volumen de razones de peso (y no recortes de prensa), y AENA ni nunca tendrá 2.000 abogados, ni tiene capacidad para preparar la defensa de 2.000 pleitos individuales, que se transformarán en 4.000 en nada (pues un día son las vacaciones, otro día los turnos, otro el salario, y otro la extinción). En ese terreno sí que hay batalla, y en ese terreno sois mayoría, y por pequeños que seais siempre sois más.
Insisto, como ya os dije en mi anterior análisis: en el terreno de la colisión de normas y del conflicto de leyes teneis campo y respaldo legal (leeros el artículo 3.3 del ET y lo vereis)
4º.- Cambiar el escenario.- Hasta ahora os habeis equivocado de escenario, y se lo habeis puesto muy facil a AENA. Ya os dije en mi despacho que los (…) se defienden mejor que vosotros. AENA sólo ha tenido que enfrentarse a un asunto, en la Audiencia Nacional (¿alguien piensa que este órgano va a tumbarle a todo un gobierno una ley recién nacida?), y encima ese asunto ha desactivado todas las demandas individuales, parándolas. Se lo habeis puesto a huevo. Y encima a AENA le ha salido gratis el abogado. ¿Qué hará AENA con 4.000 juicios? No tiene ni puede tener capacidad para prepararlos. Vosotros sí, porque sois 2.000 contra 1. No dudo de la capacidad de la abogacía de estado, ni mucho menos, pero por experiencia en la defensa de otros entes públicos, cuando se les trae al terreno individual, a vuestro campo, ahí flaquean. Y en ese terreno no caben los pleitos políticos, ni los argumentos empleados hasta ahora, ni el argumento de consideraros chantajistas o galácticos. Ahi deben de fajarse en el tema concreto.
5º.- Aprovechar el bagaje y el equipaje que tenéis y la solidaridad que habeis demostrado todos a la hora de buscar datos, argumentos, informes, documentos, estudios, etc. Sois muy buenos haciendo eso y habeis creado una red de “gestión de stocks y del conocimiento” que es de muchísima utilidad de cara a los pleitos y a las batallas que tengais que emprender. Teneis un activo importante muy desaprovechado, y me refiero a Federico Garcia Santamarina. No tengo el gusto de conocerlo, pero de todos los comentarios e ideas que he escuchado y leido en el ámbito jurídico, las suyas me han parecido las más sensatas. Ha sido un desperdicio no haberlo llevado al juicio en la AN de testigo. A mí me hubiera gustado llevarlo. ¿Quién mejor que él para explicar la gestación de vuestro Estatuto y el Convenio? ¿Quién mejor que él para explicar la génesis de la negociación y de vuestras reivindicaciones? Me gustaria, desde luego, conocer su opinión actual de la situación, y si estas notas le llegan de alguna forma, le invito a que se pronuncie.
6º.- Por último, aprovechar y concentraros en vuestra fortalezas. Son muchas, y teneis que canalizarlas en un mismo sentido.
7º.- Levantaros ya de la mesa de negociación.- Nadie puede negociar con presión, y menos aún con mala fe y sin equilibrio de contraprestaciones. Con esa premisa no hay negociación posible. Y no olvideis que quien tiene más prisa que nadie en firmar un II Convenio es AENA. No le deis otro gustazo. Para tener un II Convenio malo, mejor quedaros con el que teneis que, aunque herido, no está muerto, porque la AN todavía no ha podido certificar su defunción. Tened presente que el Codigo Civil lleva vigente más de un siglo (más de 120 años) y todavía sigue siendo interpretado y matizado por los jueces.
6.- A lo mejor mis propuestas van a servir para que muchos tengan algo que criticar (pues no me cabe duda que habrá quien las tumbe en su totalidad o las rebata), pero estais en la encrucijada de tomar decisiones, sean las que sean, y debeis hacerlo.